¿DÓNDE SE DEBE PRESENTAR EL RECURSO JERÁRQUICO?

El Recurso Jerárquico debe presentarse ante la ARIT que dictó la resolución impugnada, en Secretaría o en la Oficina Departamental correspondiente.

Una vez admitido el recurso, el expediente será remitido por el director ejecutivo de la ARIT actuante al director ejecutivo de la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT) para su conocimiento y resolución (Fuente Autoridad de Impugnación Tributaria).